COMUNICADO DE PRENSA
20 de marzo de 2015
Para cumplir con la Directiva de Evaluación de Impacto Ambiental y el Convenio de Espoo
EL GOBIERNO CENTRAL DEBIÓ HABER CONSULTADO A FRANCIA E ITALIA SOBRE LOS EFECTOS TRANSFRONTERIZOS DEL PROYECTO DE SEABIRD EN EL GOLFO DE LEON
Asimismo, el Estudio de Impacto Ambiental de Seabird tendría que haber tenido en cuenta la existencia del proyecto de sondeos acústicos de Spectrum en el mar Balear, cuyas áreas de adquisición se superponen en un porcentaje significativo
La Alianza Mar Blava ha detectado otra importante irregularidad en la tramitación del proyecto de sondeos acústicos de Seabird Exploration FZLCC, titulado «Campaña sísmica en áreas libres del Golfo de León, frente a las costas de Cataluña y Baleares [20140045PHC]” (PDF 0.5MB), puesto que el Gobierno español no ha consultado a los gobiernos Francia e Italia sobre los efectos transfronterizos del citado proyecto tal y como establece la legislación vigente. La Alianza Mar Blava ha presentado unas alegaciones complementarias ante la Subdirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (MINETUR) para dejar constancia de este hecho.
Dado el alcance de estas actividades de exploración geofísica, y conforme al mejor conocimiento científico disponible, las propias actividades que se pretenden realizar en aguas bajo la jurisdicción española pueden tener efectos significativos en las aguas marinas bajo la jurisdicción de Francia e Italia.
Por lo tanto, conforme a la Directiva europea de Evaluación de Impacto Ambiental, España debió enviar a los Gobiernos de Francia e Italia la información disponible del proyecto de Seabird antes de informar a sus propios ciudadanos [artículo 7 de la Directiva 2011/92]. Esta obligación está también recogida en el Derecho español vigente [artículo 49 de la Ley 21/2013, de Evaluación de Impacto Ambiental]. Siendo esta obligación también exigible conforme al artículo 3 del Convenio sobre Evaluación del Impacto en el Medio Ambiente en un Contexto Transfronterizo, hecho en Espoo (Finlandia) el 25 de febrero de 1991 ya que está ratificado por España [Instrumento de ratificación de 1 de septiembre de 1992, BOE 31/10/1997] e Italia [19 de enero de 1995] y aprobado por Francia el [15 de junio de 2001].
Por otro lado, tal y como expresó la Alianza Mar Blava en sus alegaciones de febrero pasado, ni la promotora Seabird Exploration ni la empresa consultora que realizó el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) tomaron en consideración todas la actuaciones que podrían producir un efecto acumulativo y sinérgico con el proyecto de Seabird. Así por ejemplo, no tomó en consideración el proyecto de sondeos acústicos de Cairn Energy en el Golfo de Valencia.
A ese respecto, la Alianza Mar Blava ha añadido en las alegaciones complementarias que ahora ha presentado que, debido a la obsolescencia del EsIA (que data de 2012), la promotora y la consultora tampoco hicieron referencia al proyecto que lleva por título “CAMPAÑA SÍSMICA 2D EN ÁREAS LIBRES DEL MEDITERRÁNEO NOROCCIDENTAL-MAR BALEAR”, promovido por Spectrum Geo Limited, que inició su tramitación en 2013. Este hecho es especialmente grave por cuanto hay una significativa coincidencia espacial en la superficie contemplada en ambos proyectos para llevar a cabo la adquisición sísmica.
“No se entiende la falta de rigor con la que están actuando el MAGRAMA y el MINETUR en la tramitación de este proyecto, presentado en 2014, dando por bueno un Estudio de Impacto Ambiental anticuado y obsoleto, realizado en 2012, que ni siquiera contempla la totalidad de los proyectos que se están tramitando actualmente en la zona”, ha declarado Diego Ponce, portavoz de la Alianza Mar Blava.
En relación al alcance y el impacto de estos sondeos acústicos, el experto Manuel Castellote (investigador asociado del National Marine Mammal Laboratory, U.S. National Marine Fisheries Service, NOAA, Seattle, Estados Unidos) en el análisis de la «Campaña de adquisición sísmica 3D en los permisos B, G, AM-1 y AM-2 en el Golfo de Valencia», realizado a petición de la Alianza, afirmó:
“La magnitud espacial de la perturbación de una campaña de estas características genera una afección al hábitat del rorcual común mediterráneo de varios cientos de miles de km2. Esto implica que si dos campañas [de sondeos acústicos] se solapan, aunque sea solo parcialmente, literalmente media cuenca mediterránea se va a ver afectada acústicamente, al nivel de producir desplazamientos masivos de una proporción elevada de la población. Por otro lado, el desplazamiento espacial típicamente traslada a los individuos a hábitats subóptimos, pero si la magnitud espacial de la perturbación es suficientemente grande, el desplazamiento también puede generarse en hábitats subóptimos sin dejar alternativas para desarrollar las funciones vitales de los individuos desplazados (alimentarse, reproducirse, etc.).
Si no hay solapamiento pero las campañas se desarrollan en fechas cercanas, el riesgo de impacto en la supervivencia de esta población también es muy considerable puesto que una gran proporción de estos individuos se puede ver desplazado de su hábitat óptimo durante dos largos periodos de tiempo. La principal consecuencia puede ser la pérdida temporal de más de una región importante del hábitat, que si se prolonga en el tiempo puede tener repercusiones negativas en la supervivencia de la población.”
La Alianza Mar Blava sigue a la espera de que el MINETUR y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) anuncien el archivo de la fraudulenta tramitación actual del proyecto «Campaña sísmica en áreas libres del Golfo de León, frente a las costas de Cataluña y Baleares” [expediente de referencia 20140045PHC], de la promotora Seabird Exploration FZLCC.
En su escrito de alegaciones presentado el pasado 12 de febrero ante el MINETUR, la Alianza Mar Blava demostró que el proyecto de Seabird de prospecciones petrolíferas se está tramitando en fraude de ley, vulnerando la nueva Ley 21/2013 de Evaluación de Impacto ambiental, ya que el proyecto debería haberse tramitado ex novo, como si se presentara por primera vez.
En dicho escrito de alegaciones, la Alianza Mar Blava advirtió al MINETUR y al MAGRAMA que si, tras la admisión inicial del expediente y una vez presentadas las alegaciones de la Alianza Mar Blava, se continúa actuando a sabiendas de la injusticia que supone otorgar validez procedimental a unos trámites que no pueden tenerla, se podría incurrir en responsabilidad penal.
FIN DE COMUNICADO
Para más información: Carlos Bravo (626 998 241), Coordinador del Secretariado Técnico de la Alianza Mar Blava