Por un Mediterráneo libre de la amenaza de las prospecciones petrolíferas

El Parlamento de las Islas Baleares presentó una proposición de ley para proteger las aguas bajo jurisdicción española del mar Mediterráneo frente a la amenaza de las prospecciones de hidrocarburos.

Esta Proposición de Ley, elaborada por el equipo jurídico de la Alianza Mar Blava, fue entregada a todos los grupos políticos del Parlament balear el pasado 18 de enero, en un acto de gran simbolismo democrático pues en él se concretó la transmisión de esta iniciativa legal desde la sociedad balear, representada en este caso por la propia Alianza, al Parlament, el cual es, como especifica el propio Estatuto de Autonomía de las islas, la representación del pueblo de Baleares.

Una vez aprobada en el Parlament balear, esta proposición de ley será enviada, por la vía autonómica, al Congreso de los Diputados, dado que la materia sobre la que versa es de competencia estatal. Allí, en primer lugar, tendrá que pasar el trámite denominado “toma en consideración”, estando a cargo de tres diputados autonómicos la defensa de dicha proposición. Una vez tomada en consideración, esta seguirá el proceso normal de tramitación, para, en los siguientes meses, ser discutida y también, esperamos, aprobada por una gran mayoría parlamentaria.

Como ya comentábamos hace unas semanas en bez.es, la creciente toma de conciencia de la ciudadanía y de muchas instituciones del ámbito mediterráneo sobre los graves riesgos que para el medio ambiente y la economía entrañan las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos, ha hecho nacer en los últimos años un gran movimiento social que persigue la protección legal del Mediterráneo español frente a estas impactantes actividades. La búsqueda de nuevos yacimientos de hidrocarburos es, además, un sinsentido que va en dirección contraria al de los necesarios esfuerzos acordados internacionalmente en Paris para hacer frente al desafío del cambio climático.

Este movimiento social también persigue fomentar el desarrollo y la implantación urgente, en el entorno mediterráneo, de un modelo energético sostenible, basado primordialmente en el ahorro y la eficiencia energética y las energías renovables. La Alianza Mar Blava es una parte significativa del mismo pues agrupa actualmente a más de 110 entidades tanto de las Administraciones públicas (Govern balear, Consells insulares de Formentera, Ibiza, Menorca y Mallorca, diversos ayuntamientos de estas islas y el Ayuntamiento de Barcelona) como del sector privado (entidades de sectores económicos como el turismo, la pesca o el náutico) y de la sociedad civil (organizaciones sociales, sindicales y ecologistas).

La proposición de ley que la Alianza, en acto conjunto con la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca del Govern balear, presentó y entregó a todos los grupos políticos del Parlament balear, se estructura en un único artículo, una disposición adicional y una disposición transitoria. Dicho artículo establece que quedará excluida la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, u otras sustancias minerales, en el medio marino del mar Mediterráneo sobre el que España tenga jurisdicción.

Igualmente quedará excluido de este espacio marino la exploración a través de adquisiciones sísmicas sea cual sea su finalidad, excepto en el caso de que esté científicamente demostrado que utilizan tecnologías completamente inocuas para el medio marino. Evidentemente, dado sus nocivos efectos ambientales, la tecnología de exploración sísmica basada en la utilización de cañones de aire comprimido que usan las petroleras y las empresas de servicios petrolíferos quedaría excluida.

La disposición adicional especifica que las explotaciones de hidrocarburos comprendidas en esta ley cuya concesión sea anterior a su entrada en vigor, permanecerán vigentes hasta su extinción sin que se puedan otorgar prórrogas de ningún tipo. Mientras tanto, la disposición transitoria subraya que la ley será aplicable a todas aquellas solicitudes de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos o de adquisiciones sísmicas en tramitación que no hayan sido resueltas a la entrada en vigor de esta Ley.

La aproximación a los hidrocarburos que ha dominado el siglo XX ha sido desbordada por el conocimiento y la responsabilidad que llega desde la sociedad a las leyes de manera lenta pero inexorable. En este sentido no resulta coherente explorar o investigar nuevos yacimientos de combustibles fósiles cuando la Agencia Internacional de la Energía y Naciones Unidas han puesto de manifiesto que si se quiere evitar los efectos de un cambio climático a gran escala, se debe dejar sin quemar la mayor parte de las reservas disponibles de combustibles fósiles, para no aumentar de forma irreversible las emisiones a la atmósfera de dióxido de carbono (CO2), principal gas causante del calentamiento global del planeta. Además, dichas actividades de exploración, investigación y explotación suponen realizar un esfuerzo en sentido contrario a los compromisos internacionales adquiridos por la Unión Europea y el propio Estado español de lograr un sector energético profundamente descarbonizado, basado al 100% en el ahorro, la eficiencia y las energías renovables, como única respuesta sostenible al problema del cambio climático.

El límite para la exploración, investigación y explotación de los hidrocarburos mar adentro ya no puede ser únicamente la capacidad tecnológica, sino que se hace necesario reservar grandes áreas de la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos, no solo por la protección de los ecosistemas marinos y la diversidad biológica de estos espacios, sino por la necesaria preservación de la geodiversidad que representan estos recursos naturales no renovables.

Ello tiene además adecuado encaje con la facultad que la Unión Europea reconoce que conservan los Estados miembro para determinar dentro de sus territorios respectivos las zonas en las que quedará autorizado el ejercicio de actividades de prospección, exploración y producción de hidrocarburos, en la Directiva de prospecciones, exploración y producción de hidrocarburos (Art. 2 de la Directiva 94/22/CE).

En las últimas décadas, la protección ambiental ha evolucionado desde la protección de determinadas especies y lugares concretos a la protección de los ecosistemas, la biodiversidad y geodiversidad. Así el alcance actual de la protección ambiental se extiende tanto al complejo dinámico de comunidades vegetales, animales y de microorganismos, como al llamado medio no viviente con el que actúan como una unidad funcional, integrando así todos los elementos de la definición establecida por el Convenio sobre la Diversidad Biológica, hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992 y asumida por la citada Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En este contexto, debemos recordar que el entorno abiótico marino es por tanto parte integrante de los ecosistemas marinos y también debe ser objeto de protección. Los hidrocarburos ya no pueden ser regulados y gestionados como meros recursos a explorar, investigar y explotar por su mero interés energético, se trata de recursos naturales no renovables que forman parte de los ricos ecosistemas marinos a conservar.

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