ALIANZA MAR BLAVA CALIFICA DE “DESVARÍO” LA POSTURA DEL GOBIERNO CENTRAL SOBRE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE PROTECCIÓN DEL MEDITERRÁNEO FRENTE A LAS PROSPECCIONES

COMUNICADO DE PRENSA
12 de junio de 2017

ALIANZA MAR BLAVA CALIFICA DE “DESVARÍO” LA POSTURA DEL GOBIERNO CENTRAL SOBRE LA PROPOSICIÓN DE LEY DE PROTECCIÓN DEL MEDITERRÁNEO FRENTE A LAS PROSPECCIONES

La Proposición de Ley, no sólo no es inconstitucional, si no que ha seguido fielmente el trámite que marca el Artículo 87 de la Constitución Española

La Proposición de Ley plantea la protección ambiental de un espacio frente a una determinada actividad, no la “prohibición genérica” de ésta, como arguye el Gobierno

El Gobierno español demuestra suma incoherencia con los compromisos contra el cambio climático adquiridos en el seno de la Unión Europea y en el Acuerdo de París

La Alianza Mar Blava califica de “auténtico desvarío” la postura mantenida por el Gobierno central en el informe enviado al Govern balear por el Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales al respecto de la “Proposición de Ley sobre la protección del mar Mediterráneo bajo jurisdicción española de los daños que pudieran producir la exploración, investigación y explotación de hidrocarburos y otras sustancias minerales”.

En primer lugar, hay que aclarar que la Alianza Mar Blava, consciente de que esta Proposición de Ley (PL) propone la protección de las aguas del mar Mediterráneo y que la jurisdicción sobre éstas recae dentro del marco competencial del Estado español, se planteó seguir el trámite que recoge el artículo 87.2 de la Constitución españolai, el cual otorga a las Asambleas de las Comunidades Autónomas la capacidad de promover leyes en España.

Por ello, el pasado 18 de enero de 2017, la Alianza Mar Blava, en un acto celebrado en el Parlament balear, en presencia de responsables de la Consellería de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca del Govern, planteó a todos los grupos del Parlament balear que asumieran como suya la citada Proposición de Ley y la tramitaran conforme se establece en la Constitución y en el reglamento de las Cortes Generales.

Tras la presentación y entrega de este texto por la Alianza Mar Blava a los grupos del Parlament balear, todos ellos (Partido Popular, Partido Socialista, MÉS per Mallorca, Podem Illes Balears, El Pi-Proposta per les Illes Balears, MÉS per Menorca y Mixto) registraron conjuntamente la iniciativa el pasado 16 de febrero, siendo ésta aprobada por unanimidad el 11 de abril. Con fecha 4 de mayo fue remitida a la Presidenta del Congreso de los Diputados, Ana Pastor, para que iniciar su tramitación parlamentaria, donde ya fue calificada el 16 de mayo pasado por la Mesa del Congreso.

Es pues en las Cortes Generales, la única cámara que puede legislar sobre materias de competencia del Estado, donde se debe aprobar esta PL, y este es precisamente el procedimiento que se ha seguido. Por ello, es completamente absurdo que el Gobierno afirme que la PL “está viciada de inconstitucionalidad, por ser extraterritorial e invadir la competencia estatal sobre el mar territorial sin amparo Estatutario o competencial alguno” (informe del Ministerio de Fomento, incluido en la documentación remitida por el Ministerio de la Presidencia al Govern balear).

Sorprende igualmente que, tanto en el citado informe del Ministerio de Fomento como en otro del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD), también adjunto en la citada documentación del Ministerio de Presidencia, se cometa reiteradamente el error de considerar que esta PL es meramente una norma autonómica, de manera que se critica que la Comunidad Autónoma de Baleares se exceda en su ámbito competencial al pretender la PL abarcar todo el mar Mediterráneo sobre el que el Estado español ejerza jurisdicción y así, según el Ministerio de Fomento “excediendo por tanto el que pueda afectar a las Islas Baleares y viciando de inconstitucionalidad el texto por su evidente extraterritorialidad”.

En línea con el Ministerio de Fomento se posiciona el MINETAD, mediante un informe de la Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín, en el cual informa negativamente la PL argumentando que ésta «vulnera el reparto de competencias establecido en la Constitución Española, invadiéndose ámbitos competenciales de la AGE, se realiza una prohibición genérica de una actividad y carece de motivación suficiente».

Es cierto que las autorizaciones en materia de hidrocarburos en el Mar Mediterráneo son competencia Estatal y es por ello que, precisamente, el Parlamento de las Islas Baleares realiza una Proposición de Ley a las Cortes Generales, que son las competentes para aprobar dicha ley.

Por otro lado, el Gobierno central se equivoca cuando considera que la PL persigue una “prohibición genérica de una actividad” ya que lo que esta PL pretende es la protección del Mediterráneo con la exclusión de una actividad perjudicial (las prospecciones de hidrocarburos) en un área ambientalmente muy sensible. La PL no choca con la Ley 34/1998 del sector de hidrocarburos, lo único que hace es excluir un determinado territorio de la realización de determinadas actividades de alto impacto.

Ello tiene además adecuado encaje con la facultad que la Unión Europea reconoce que conservan los Estados miembros para determinar dentro de sus territorios respectivos las zonas en las que quedará autorizado el ejercicio de actividades de prospección, exploración y producción de hidrocarburos, en la Directiva de prospecciones, exploración y producción de hidrocarburos (Art. 2 de la Directiva 94/22/CE).

Finalmente, el citado «innegable interés estratégico» que argumenta el MINETAD para mantener las actividades de alto impacto en el Mediterráneo derivadas de las prospecciones de hidrocarburos no está justificado ni con los hechos económicos, pues la posible variación de nuestra actual dependencia energética exterior mediante la explotación de potenciales recursos de hidrocarburos sería absolutamente despreciable, ni con la superioridad estratégica que tiene para toda la Unión Europea (y por tanto también para España) los objetivos de lucha contra el cambio climático para el 2020, 2030 y 2050, así como el Acuerdo de París, también ratificado por España y que nos obliga a una descarbonización profunda de nuestra economía. Y todo ello sin olvidar nuestros compromisos dentro de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020.

En este sentido hay que recordar que no resulta coherente explorar o investigar nuevos yacimientos de combustibles fósiles cuando la Agencia Internacional de la Energía y la Organización de Naciones Unidas han puesto de manifiesto que si se quiere evitar los efectos de un cambio climático a gran escala, se debe dejar sin quemar la mayor parte de las reservas disponibles de combustibles fósiles, para no aumentar de forma irreversible las emisiones a la atmósfera de dióxido de carbono (CO2), principal gas causante del calentamiento global del planeta.

Por lo tanto, llevar a cabo actividades de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos supondría realizar un esfuerzo en sentido contrario a los compromisos internacionales adquiridos por la Unión Europea y el propio Estado español de lograr una economía profundamente descarbonizada, basada fundamentalmente en el ahorro, la eficiencia energética y el uso de energías renovables.

FIN DE COMUNICADO
Para más información, llamar a: Carlos Bravo (626 99 82 41).

 

ADJUNTOS

170531 [Ministerio Presidencia] informe Gobierno sobre PL prot Med.pdf (1.2MB)

 

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